“Se
olvidaron de la esencia noble y justa de nuestra causa”
El educador social dio a conocer a
los medios periodísticos que “en un fallo del Superior Tribunal de (in)
Justicia-STJ-, nos negó la posibilidad de litigar por nuestros derechos
adquiridos en virtud de haber desempeñado tareas de mayor responsabilidad y jerarquía
pedagógica durante más de 20 años en el ministerio de Educación”.
“El STJ que adhirió lo
afirmado por el Procurador General, en
realidad se atrincheró en un tecnicismo legal enmarañado en teorías que sólo
ellos comprenden, pues se olvidaron de la esencia noble y justa de nuestra causa,
por el contrario, se enfrascaron en un problema filosófico irresoluto al decir que el acto administrativo de pronto
despacho interpuesto ante Casa de gobierno no tiene validez por cuanto lo
consideran otro ente público”, señaló Yorg.
Prosiguió señalando que “es decir, que el documento
acreditado, el pronto despacho, está, pero no está, filosóficamente hablando”.
Derechos adquiridos
“Categóricamente se acreditó
la recepción y el recorrido del pronto
despacho en el M° de Educación a través
de una constancia expedida por Casa de Gobierno, sellada y además certificada por otra autoridad judicial”,
fijó.
¿“Qué se entiende por derecho
adquirido?, interrogó Yorg, y citó que “El derecho adquirido se puede definir
como el acto realizado que introduce un bien, una facultad o un provecho al
patrimonio de una persona, en razón a la continuada y prolongada labor de mayor
responsabilidad y jerarquía, en este caso, en educación cooperativa escolar y
universitaria”
“Así este fallo nos castiga, nos sume a la
pobreza y marginación por haber querido llenar de cooperación las aulas
formoseñas, por habernos consagrado con
tanta vehemencia al estudio e investigación pedagógica y amor por los educandos formoseños. Ante esto
es lo que, con pudor entendemos, entrelaza la frase del Dr. Hardy: “A Yorg no
se lo debe condenar, se lo debe condecorar”, cerró el docente, visiblemente
decepcionado de la justicia.
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