domingo, 29 de septiembre de 2019

TECNICOOP: “La tarea fundamental del gobierno peronista es desmantelar el Estado neoliberal”.


Desde TECNICOOP expresaron que “la hora histórica que vivimos exige pronunciamientos y actitudes claras ante el advenimiento de un nuevo gobierno de origen peronista, del cual presumimos que la tarea fundamental será desmantelar el Estado neoliberal, toda vez que es la base material del infortunio del pueblo”.

Lic. Roque Arguello titular de TECNICOOP
Afirmó el Lic. Roque Arguello que “nuestro análisis parte desde la realidad, de que el Estado neoliberal privilegió el poder concentrado del capital financiero en desmedro de lo productivo, pero lo más dañino es la aculturación en la población de la fraternidad, de lo cooperativo, del compañerismo y por tanto, arroja un balance extremadamente nefasto para el pueblo.

“Sostenemos-agregó Arguello- que el país enfrenta una encrucijada última de la democracia, demostrar efectivamente que se gobierna para el pueblo y para ello, es imprescindible terminar con la políticas públicas neoliberales y ello sólo puede ser hecho incentivando la organización y participación del pueblo, recuperando la justicia social”.

La fuerza cooperativa.

Remarcó el profesional que  “La fuerza de la cooperación fue amplia y profundamente comprendida por Perón y en virtud a ello otorgó al cooperativismo un rol estratégico ya que afirmó que  “es el único que nos puede ayudar para barrer definitivamente los monopolios”.

Insistimos en que la continuidad y estabilidad del sistema de la democracia política argentina está atada a la transformación estructural económica y productiva que permita  satisfacer los legítimos reclamos sociales, sólo así entenderemos lo que Perón nos enseñó que  todo cooperativismo muere en el régimen capitalista, mientras que en el Estado justicialista los que mueren son los monopolios”, concluyó Arguello.



jueves, 26 de septiembre de 2019

Proponen a la sociología cooperativa “como aporte al cambio social que la ciudadanía aspira”.


El educador José Yorg dijo que “ la temática que desarrollaré en nuestro Seminario interno próximamente es la sociología cooperativa y cómo ésta sería relevante al cambio social que la ciudadanía aspira,en virtud a ello, planteamos al periodismo su difusión como modesto aporte a esa Argentina del trabajo  y del estudio que debemos reconstruir”.


“Sabemos-puntualizó Yorg- en lineas generales que la sociología es una ciencia que estudia el comportamiento de las personas, de los grupos que ellas constituyen, y así también de las organizaciones que se dan en una sociedad determinada, en función a ello, consideramos pertinente e importante destacar el modo de comportamiento de los/as cooperativistas”.

“Podemos asumir que si la mayoría del pueblo percibe que es necesario un cambio social en Argentina, desterrando todo lo neoliberal, tal como planteó Cristina Kirchner en Misiones: “Se va a requerir un nuevo orden y un nuevo contrato social”, entonces, cobra relevancia el modelo cooperativo”. 

Ampliar nuestra comprensión.

“Si partimos- ilustró Yorg-de la peculiaridad organizativa y funcional de las cooperativas, como empresas, que requieren ajustes de conductas a sus miembros con respecto a los valores y principios que éstas postulan, y en clara contradicción con el individualismo existente en la sociedad, nos damos cuenta que ese ajuste solidario es el resultado de un proceso gradual y dinámico”. 

 “Nos aprestamos a estudiar a la sociedad argentina en cuanto a sus cualidades y dificultades para organizarse cooperativamente por el daño que causó las políticas públicas nacionales de carácter neoliberal,ello, a la luz del análisis sociológico, atendiendo sus teorías  y su método de investigación, para ampliar  nuestra comprensión  sobre las relacionales sociales que moldean la vida”, concluyó el educador social. 



domingo, 22 de septiembre de 2019

Para Yorg “Tenemos una democracia decrépita".


El Pedagogo cooperativo José Yorg se refirió recientemente al periodo de transición de gobierno en nuestro país  y a los incendios en Brasil, Paraguay y Bolivia en términos muy duros al decir que “son episodios negativos para los pueblos, para la convivencia pacifica y para el mejoramiento humano porque evidencian hechos de una democracia decrépita”.


Yorg analizó el presente y
expuso su visión cooperativa
"Enfrentamos-fijó Yorg- actualmente a dos tendencias contrapuestas que están claramente a la vista de quién quiera verlo:El incremento de las dificultades económicas de los pueblos para llevar una vida decorosa y por otro lado, la desidia política-partidaria que cada día provocan más el hartazgo ciudadano”.

Afirmó el educador que “Los focos de incendios en Brasil, Paraguay y Bolivia  están muy cuestionados por sus habitantes, ignorándose aún a ciencia cierta las causales, aunque se presentan acusaciones severas dado las consecuencias desfavorables de todo tipo, altas tasas de monóxido y dióxido  de carbono en el aire , que agravan la salud de pacientes con anemia, asmáticos, bronquitis crónicas, etc.”

Horizonte cooperativo.

“Tenemos que reflexionar, pensar,-alentó Yorg- en alternativas de mejoramiento de la democracia, de elevar la calidad institucional de la república, necesitamos mejor calidad de justicia, mayor oportunidades educativas y productivas, un más eficiente sistema de salud, por lo tanto, necesitamos alternativas que den ese horizonte histórico cooperativo”.

Nosotros, cooperantes, proponemos avanzar hacia ese horizonte deseable y posible si nos decidimos a construirlo como una alternativa que mejorará y promoverá el buen vivir, esa alternativa es el eco-cooperativismo, una propuesta estratégica que alentamos desde TECNICOOP”, concluyó Yorg.

viernes, 20 de septiembre de 2019

Enfoques cooperativos; Hoy: “El derecho administrativo y la decadencia argentina”


Por José Yorg, el cooperario.



“Deberemos repensar no sólo nuestra ideología económica sino también nuestras doctrinas y valores jurídicos, y particularmente nuestro derecho administrativo. Esta exhortación puede parecer utópica. Más utópico es creer que, sin modificarlo, podremos avanzar hacia metas de progreso económico acordes con el alto nivel cultural de nuestro pueblo y con el rango que, por dicho nivel y por nuestros recursos naturales, debiéramos tener entre las naciones más adelantadas del mundo”. Dr. Héctor Mairal






En sesión pública del 22 de agosto de 2012 dictó su conferencia “El derecho administrativo y la decadencia argentina”, el Dr. Héctor Mairal al incorporarse como Académico de Número a la Academia Nacional de Ciencias Morales  y Políticas, que no vaciló en preguntar: ¿Existe tal relación?

Nos ilustra en otro momento de su alocución que “Véase, sino, la figura del decreto de necesidad y urgencia, uno de los aportes más nocivos del derecho administrativo a nuestro derecho público. Con ella se buscó dotar de facultades al Poder Ejecutivo ante emergencias y ello en un país en el cual las crisis han sido en gran medida autoinfligidas y recurrentes. No se observó que de esa manera se premiaba a los malos gobiernos, que viven de crisis en crisis y de emergencia en emergencia, expandiendo sus facultades: resulta así que cuanto más ineficiente es un gobierno más facultades tiene”.

“Podemos entonces adelantar una conclusión acerca de la interrelación entre el derecho administrativo y nuestra decadencia económica… No ha sido ese derecho su causa, sino más bien lo ha sido la filosofía estatista”. “En este contexto, el derecho administrativo no ha actuado como freno sino como justificador, primero, y acelerador después, de esas políticas al potenciar las facultades del Estado y limitar gradualmente las defensas jurídicas con que cuentan los particulares afectados”.

Traemos a colación estas pocas líneas de tan valiosa conferencia para configurar nuestro caso que interrelaciona el derecho laboral, el derecho de incidencia colectiva y el derecho cooperativo, al que se le suma ahora-en razón del fallo de STJ de Formosa-el derecho administrativo.

Dicho fallo se sostiene en un tecnicismo administrativo para denegar a dos docentes cooperativos el derecho a litigar y reclamar sus derechos adquiridos en virtud a haber desempeñado por más de 20 años funciones de mayor responsabilidad y jerarquía en el Ministerio de Educación de la Provincia de Formosa.

De esta manera, se introduce el derecho administrativo a esta conjunción e interrelación de derechos y el contexto que se genera.

Tal derecho administrativo, que se entiende violentado es el referido al “Principio de informalismo a favor del particular (o “administrado”) en el ámbito del procedimiento administrativo”.
“Es una  garantía adjetiva a favor del particular reglado por el derecho objetivo propio del ámbito público, que caracteriza al procedimiento administrativo  por su sencillez, celeridad y  economía procesal que protege al individuo que actúa ante la administración del cumplimiento de ciertas formalidades que, o bien no son estrictamente necesarias, o pueden subsanarse con posterioridad. Es dable mencionar que rige en el transcurso de todas las actuaciones”.

Reiteramos aquí la segunda reclamación pública emitida, no sin antes preguntar: ¿Evidencia-como señal-el incumplimiento de los principios del derecho administrativo  la decadencia argentina?

Srs. Jueces del STJ.
Formosa

Nos asisten fundadas razones y argumentos sólidos -sostenidos por el orden jurídico argentino-para solicitar se proceda a la anulación de oficio del fallo N° 11.731/19 del mes de febrero, de ese Superior Tribunal de Justicia-STJ- de la Provincia de Formosa-Argentina-, por cuanto “no es posible aplicar al recurrente las consecuencias procesales de defectos a los que fue inducido por la propia estructura del pronunciamiento” (Dr. Luis Moisset de Espanés)

Porque es necesario ubicar con precisión este caso que desborda ampliamente los estrechos muros de la  negación de derechos laborales, se está en presencia de una confirmación de injusticia social   porque dicho fallo involucra lo público: “El derecho de enseñar y aprender cooperativismo en las escuelas”, Ley nacional N° 16583/64 de raigambre constitucional.

Lo mencionado es de vital importancia para esta parte, porque se ve sumamente agraviada por el dictamen que se cuestiona. El mismo mediante un impugnable tecnicismo jurídico, vulnera nuestros derechos fundamentales, obviando que en la materia rige el “principio del informalismo”.

Los demandantes y damnificados interpusieron el Recurso de Pronto Despacho ante el organismo de aplicación requiriendo resolución al reclamo con fecha 24 de abril de 2017.Casa de Gobierno, sede de la Administración General de la Provincia de Formosa, Registro General de Mesa de Entradas y Salidas de la Gobernación, es decir, suma de la legalidad administrativa, dado que los Ministerios son dependencias del Poder Ejecutivo, por tanto, su presencia probatoria es mayor, administrativa y legamente. Consta como prueba en  autos.

Por tanto, dicho y supuesto tecnicismo sobre el cual construyeron su argumentación para denegar lo peticionado en el fallo citado, devendría en vicio  porque aparece de manifiesto en dicho  acto, y provocaría una nulidad absoluta.

Y es este el punto donde el Dr. Luis Moisset de Espanés nos ilustra con absoluta precisión   que  “el juez puede proceder de oficio porque se conjugan ambas circunstancias, o sea que el vicio afecte el orden público (nulidad absoluta), y que aparezca de manifiesto en el acto (acto nulo), hipótesis en la cual creemos que el magistrado deberá ineludiblemente pronunciarse declarando la invalidez del acto”

“Se tiene en cuenta el hecho de que el vicio que afecta al acto es de tal gravedad que atenta contra el orden jurídico, lo que impide su convalidación y justifica la intervención del propio STJ aunque no haya mediado petición de parte”.

Y atenta contra el orden jurídico puesto que se trata en esencia de un derecho público, de incidencia social, cual es el derecho de enseñar y aprender cooperativismo escolar y universitario, y que además dicho servicio está garantizado por fondos públicos específicos y genuinos Ley nacional N° 23427 Fondo para educación  y promoción cooperativa al cual Formosa está adherida por Ley N° 774, por tanto, la obligación del Ministerio de Educación es de inexcusable cumplimiento.

 “El derecho reclama respeto y por eso la sanción que se impone cuando se intenta violarlo es tan seria que no admite subsanación, ni por vía de una pretendida "confirmación" ni por el transcurso del tiempo, por lo que se considera que las acciones que nacen de la nulidad absoluta son "imprescriptibles", punto sobre el que existe acuerdo en la doctrina y jurisprudencia nacionales”. (Moisset de Espanés)

Peticionamos, en consecuencia, con el mayor respeto y consideración, a los miembros del STJ de Formosa, Argentina, que anulen dicho fallo y encuentren el mejor camino a lo que Ulpiano fijó hace siglos: “Justitia, dar a cada uno lo suyo”, el derecho adquirido a los damnificados, docentes cooperativos, así se entenderá.

¡En la fraternidad, un abrazo cooperativo!


domingo, 15 de septiembre de 2019

Enfoques cooperativos; Hoy: Los gobiernos que adopten al cooperativismo como sistema educativo, apuestan al desarrollo.


Corriente pedagógica cooperaria.




Por José Yorg, el cooperario.




“Dondequiera que sea posada nuestra mirada encontraremos sistemas educativos en decadencia, obsoletos que en vano proclaman modernidad y calidad educativa porque al fin no se desprenden de las pedagogías individualistas, he allí el meollo de la cuestión: Los gobiernos que adopten  al cooperativismo como sistema educativo, apuestan al desarrollo socio-económico, buscan el buen vivir de sus pueblos en razón a las bondades pedagógicas del cooperativismo". José Yorg






Este artículo adelanta parte de un trabajo académico de mayor profundidad sobre la temática, próximamente a ser publicado en España.

El pensamiento pedagógico cooperativo inaugurado por Robert Owen (1771-1858)  parte de la profunda convicción de que el “hombre y la mujer” pueden mejorar humanamente.

Esta convicción nos ilustra que tal afirmación proviene de un análisis de la sociedad industrial tal y como se le presentó, es decir, sociedades injustas que promovían la desigualdad social. Tal situación enojosa, contraria al mejoramiento humano, prosigue en la actualidad.   

El industrialismo, etapa segunda del capitalismo, produjo enorme infortunio a los trabajadores, hombres, niños y mujeres, y se construyó sobre esa base el esquema educativo patriarcal y disciplinador, profundamente individualista.

Owen con mirada crítica alentó  la reforma de esa sociedad, cuyo producto era contrario a lo humano, por tanto, debía ser transformado y sentenció que “Esa transformación de un orden en otro es impuesta por una tremenda necesidad que hasta ahora ha producido padecimientos suficientes para estimular la búsqueda de un alivio y esforzarse en alcanzar la felicidad que todos los seres vivientes anhelan”.

No necesitamos extremar nuestro análisis sobre esa sentencia humanizadora y traerla a la actualidad en que campea el neoliberalismo, la decadencia institucional, frágil sistema democrático y tendencia a la opresión social.

En dondequiera que sea posada nuestra mirada encontraremos sistemas educativos en decadencia, obsoletos que en vano proclaman modernidad y calidad educativa porque al fin no se desprenden de las pedagogías individualistas, he allí el meollo de la cuestión: Los gobiernos que adopten  al cooperativismo como sistema educativo, apuestan al desarrollo socio-económico, buscan el buen vivir de sus pueblos en razón a las bondades pedagógicas del cooperativismo.

Está claro para quien quiera comprender que, históricamente, la educación es un instrumento, es un reflejo reproductivo del modelo de sociedad que nace desde la concepción de mundo, del hombre, de la empresa que el poder real dominante y sus gobiernos títeres sostienen pese a la crisis civilizatoria desatada y que es irreversible.

Por ello, el cooperativismo es un movimiento socio-económico contestatario al capitalismo. Y su modelo educativo expresa su concepción transformadora de las sociedades individualistas.

“Esa transformación hará que desaparezcan las disputas entre los individuos y las naciones acerca de aquello que es misterioso y naturalmente no descubierto; ni habrá discusiones en torno a las leyes humanas, cuando las leyes de naturaleza definida, fija e inmutable, se orienten a asegurar el bienestar y la máxima felicidad del hombre”, nos ilustra Owen.

Organización de cooperativas escolares.


Se alude muy frecuentemente que en la Argentina el proceso político del movimiento peronista y su impronta transformadora socio-económica, fue un proceso de revolución inconclusa.

De allí la importancia de rescatar de ese proceso transformador social el rol que se le asignara en el Plan estratégico Quinquenal del Estado peronista a la educación cooperativa escolar.

Se pretendió la cooperativización de la producción como base y sustento del inicio de una nueva civilización argentina justa, libre y soberana post-segunda guerra mundial ya que ese acontecimiento bélico implicaba un nuevo orden mundial.

Fijó Perón:
"El Cooperativismo tiene su forma de  resurgimiento  universal mejor  sentadas en la República Argentina. ¿Por qué razón?  Porque el Estado propugna ahora el  cooperativismo”, fijo Perón.
"Asimismo el Estado, mediante todos sus centros de enseñanza, promoverá la formación de una nueva conciencia nacional  agraria hacia el cooperativismo”.
“El sector  cooperativista forma así el puntal más importante en la organización del pueblo."
“Deseo al sector cooperativista organizado no  sólo para las  actividades de la producción sino también para "todas las actividades".
"La reforma económica  que vamos realizando  es la base  del  cooperativismo”.

Para llevar adelante este formidable programa de educación y desarrollo cooperativo escolar- ProDeCoop-Escolar-se creó por  Resolución  Ministerial  del 28/1/1954, la Comisión de Cooperativas Escolares,  integrada por tres inspectores de enseñanza -uno por cada una de las Direcciones  Generales de Enseñanza- y un inspector administrativo de la Dirección General de Administración, tendrán a su cargo la dirección superior de las actividades cooperativistas que se desarrollen en los establecimientos de enseñanza”.

Es dable concluir que, para retomar esa épica transformadora peronista, que es  imprescindible, por cierto, ante la debacle neoliberal y a fin de no repetir fórmulas políticas públicas ya perimidas e inútiles para el pueblo, concluimos que los gobiernos que no adopten como sistema educativo al cooperativismo, apuestan al statu quo, al quietismo, a la mediocridad educativa.

¡En la fraternidad, un abrazo cooperativo!




viernes, 13 de septiembre de 2019

2° Carta abierta al STJ: Docentes cooperativos solicitan la anulación de oficio del fallo N° 11.731/19.


Srs. Jueces del STJ.
Formosa



“Donde hay poca justicia es un peligro tener razón”. Francisco de Quevedo
(La verdad está reñida con un entorno injusto).


“Leyes hay, lo que falta es justicia”. Ernesto Mallo.
(Brutal reflexión que pone en duda que exista justicia a pesar de estar en un Estado de derecho).


Nos asisten fundadas razones y argumentos sólidos -sostenidos por el orden jurídico argentino-para solicitar se proceda a la anulación de oficio del fallo N° 11.731/19 del mes de febrero, de ese Superior Tribunal de Justicia-STJ- de la Provincia de Formosa-Argentina-, por cuanto “no es posible aplicar al recurrente las consecuencias procesales de defectos a los que fue inducido por la propia estructura del pronunciamiento” (Dr. Luis Moisset de Espanés)

Porque es necesario ubicar con precisión este caso que desborda ampliamente los estrechos muros de la  negación de derechos laborales, se está en presencia de una confirmación de injusticia social   porque dicho fallo involucra lo público: “El derecho de enseñar y aprender cooperativismo en las escuelas”, Ley nacional N° 16583/64 de raigambre constitucional.

Lo mencionado es de vital importancia para esta parte, porque se ve sumamente agraviada por el dictamen que se cuestiona. El mismo mediante un impugnable tecnicismo jurídico, vulnera nuestros derechos fundamentales, obviando que en la materia rige el “principio del informalismo”.
Los demandantes y damnificados interpusieron el Recurso de Pronto Despacho ante el organismo de aplicación requiriendo resolución al reclamo con fecha 24 de abril de 2017.Casa de Gobierno, sede de la Administración General de la Provincia de Formosa, Registro General de Mesa de Entradas y Salidas de la Gobernación, es decir, suma de la legalidad administrativa, dado que los Ministerios son dependencias del Poder Ejecutivo, por tanto, su presencia probatoria es mayor, administrativa y legamente. Consta como prueba en  autos.
Por tanto, dicho y supuesto tecnicismo sobre el cual construyeron su argumentación para denegar lo peticionado en el fallo citado, devendría en vicio  porque aparece de manifiesto en dicho  acto, y provocaría una nulidad absoluta.
Y es este el punto donde el Dr. Luis Moisset de Espanés nos ilustra con absoluta precisión   que  el juez puede proceder de oficio porque se conjugan ambas circunstancias, o sea que el vicio afecte el orden público (nulidad absoluta), y que aparezca de manifiesto en el acto (acto nulo), hipótesis en la cual creemos que el magistrado deberá ineludiblemente pronunciarse declarando la invalidez del acto”
“Se tiene en cuenta el hecho de que el vicio que afecta al acto es de tal gravedad que atenta contra el orden jurídico, lo que impide su convalidación y justifica la intervención del propio STJ aunque no haya mediado petición de parte”.
Y atenta contra el orden jurídico puesto que se trata en esencia de un derecho público, de incidencia social, cual es el derecho de enseñar y aprender cooperativismo escolar y universitario, y que además dicho servicio está garantizado por fondos públicos específicos y genuinos Ley nacional N° 23427 Fondo para educación  y promoción cooperativa al cual Formosa está adherida por Ley N° 774, por tanto, la obligación del Ministerio de Educación es de inexcusable cumplimiento.
 “El derecho reclama respeto y por eso la sanción que se impone cuando se intenta violarlo es tan seria que no admite subsanación, ni por vía de una pretendida "confirmación" ni por el transcurso del tiempo, por lo que se considera que las acciones que nacen de la nulidad absoluta son "imprescriptibles", punto sobre el que existe acuerdo en la doctrina y jurisprudencia nacionales”. (Moisset de Espanés)
Peticionamos, en consecuencia, con el mayor respeto y consideración, a los miembros del STJ de Formosa, Argentina, que anulen dicho fallo y encuentren el mejor camino a lo que Ulpiano fijó hace siglos: “Justitia, dar a cada uno lo suyo”, el derecho adquirido a los damnificados, docentes cooperativos, así se entenderá.

Prof. Lic. José Yorg




domingo, 8 de septiembre de 2019

Aportan cartillas sobre pedagogía cooperativa escolar para su distribución en el IV Congreso Pedagógico Provincial.


La profesora Ana María Ramírez Zarza, especialista en Pedagogía Cooperativa y en Gestión Pedagógica del Equipo Directivo, comentó que “hemos decidido participar del IV Congreso Pedagógico Provincial con una modalidad  que consideramos innovadora, aportando cartillas sobre pedagogía cooperativa escolar para que el Ministerio de Educación las imprima y las distribuya a los y las docentes interesadas en dicho evento”.


“Desde nuestro punto de vista-dijo Ramírez Zarza-pensamos abrir nuevas oportunidades al  generar un material facilitador y de fuerte impacto, para  desarrollar procesos reflexivos para la propia indagación más amplia sobre las posibilidades que ofrece la pedagogía cooperativa en el aula con el método de aprender con otros”.

Señaló además la especialista que “nosotros asumimos que cada docente que se provea de la cartilla pedagógica cooperativa, es un y una interlocutora con avidez de aprender y expandir su horizonte cultural, por tanto, allí  construimos un puente de intercambio enriquecedor, fruto de la bondad de esta herramienta formidable”.

Cartilla para la diversidad educativa

“Partimos de la más profunda convicción pedagógica de que en la actualidad la sociedad y nuestros educandos requieren de nosotros, los docentes, procesos educativos con miradas diversas, y allí radica nuestro aporte, la Cartilla que se denomina “Pedagogía del aprender con otros”, un vehículo hacia el "Desarrollo de Capacidades Socio-afectivas y Espirituales en la Educación Formoseña”.

Fijó que “Consideramos también prestar especial atención a la dimensión pedagógica del trabajo del equipo directivo en las escuelas, en predisposición para trabajar con los equipos docentes y sean así una correa de transmisión hacia los alumnos que, sin dudas,  impactaran directamente en el  nivel de calidad de aprendizaje que alcancen los alumnos, son acuerdos pedagógicos que hacen elevar las posibilidades de la función primordial de la escuela: educar”, concluyó la profesional.


miércoles, 4 de septiembre de 2019

Para Yorg la propuesta del Dr. Grabois sobre reforma agraria, es racional e imperativa.


El especialista en políticas y programas socio-educativas, José Yorg tras interiorizarse sobre la propuesta lanzada por el dirigente social, Dr. Juan Grabois en referencia a la necesidad de una reforma agraria nacional como método para combatir la distorsión productiva que genera pobreza, afirmó que “tal medida es racional e imperativa”.
José Yorg a favor de la reforma agraria cooperativa

“En efecto-agregó-la medida lanzada es racional e imperativa porque  es una medida política posible por el Gobierno para transformar las relaciones agrarias injustas y las formas de propiedad de la tierra con el propósito de superar el retraso económico del pequeño productor, como también incorporar, dinámicamente al sector denominado “sin tierra” y organizar los predios sobre bases cooperativas”.

Ilustró que “es harto sabido en el mundo entero que los latifundios como  así los minifundios, elementos distorsionados de los factores de la producción, recordemos que los EE.UU., instituyó una ley de colonización del oeste en el siglo XIX que estableció un tamaño de propiedad máxima de alrededor de 100 acres (89 hectáreas) por familia”

Cooperativas campesinas

“Recuerdo-dijo Yorg-las palabras del Dr. Erico E. Panzoni cuando afirma: “Hay en los países subdesarrollados un defecto de organización, y si nosotros insistimos en la solución cooperativa, es debido a que la consideramos el único camino que tiene el pueblo (y el Gobierno) para planificar democráticamente su economía, para asegurar una perfecta distribución de sus ingresos para vivir feliz, dentro de un clima de libertad”.

“Sostenemos pues. una posición realista basada en la ciencia económica y alejada de toda connotación ideológica que pudiera generar enojos estériles. El desarrollo es producto de una seria planificación estratégica de crecimiento económico  con equidad  e inclusión social, ello es posible a partir de las cooperativas campesinas”, concluyó Yorg.